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miércoles, 6 de julio de 2022

     

SIN FORMALIZAR QUERELLA DE AGRAVIADO POR ROBO MINISTERIO PUBLICO PUEDE PERSEGUIR EL ROBO SIN VIOLENCIA Y SIN ARMAS

    El Senado aprobó en segunda lectura el Proyecto de ley que modifica al Código Procesal Penal, para que el robo sin violencia y sin armas pueda ser perseguido de oficio por el Ministerio Público, sin que la víctima formalice una querella.

    La iniciativa, propuesta por el presidente de la cámara alta, Eduardo Estrella y el senador de Samaná, Pedro Catrain, implementa cambios en el artículo 31 del Código Procesal Penal, con el propósito de suprimir el ilícito de robo sin violencia y sin armas como hecho punible que dependa de instancia privada, para que sea perseguible de oficio por parte del Ministerio Público.
    Con esta ley, los fiscales podrán perseguir y procesar a quienes comentan hurtos menores o actos de raterismo, sin la necesidad de que la víctima se querelle, lo que facilitará la persecución contra las personas que reinciden en ese tipo de ilícitos.

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