MIS LECTORES

viernes, 10 de agosto de 2012


AYUNTAMIENTO DE CONSUELO CUMPLE CON LEY 200-04 SOBRE ACCESO A LA INFORMACION


El Ayuntamiento de Consuelo, gracias al trabajo de administración con transparencia que lleva a efecto el Alcalde Municipal, Lic. Lino Andrés Fulgencio Manzanillo, tiene funcionando la oficina de acceso a la información pública desde marzo del 2011, para dar cumplimiento a esa legislación que esta vigente desde el año 2004.

La oficina en cuestión funciona en el segundo nivel del local que aloja el cabildo local y cuenta con el personal calificado para dar ese tipo de atenciones.

Esta legislación establece que todo ciudadano tiene derecho a:

1. Solicitar y recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal.

2. Acceder a información contenida en actas y expedientes de la administración pública, así como estar informado periódicamente, cuando lo requiera, de las actividades que desarrollan entidades y personas que cumplen funciones públicas.

3. Buscar, solicitar, recibir y difundir información perteneciente a la administración del Estado y de formular consultas a las entidades y personas que cumplan funciones públicas y obtener copia de los documentos que recopilen información sobre el ejercicio de las actividades de su competencia.

4. Recibir la información sencilla y accesible sobre los trámites y procedimientos necesarios para agotar la solicitud de las informaciones que requieran, solicitar orientación o formular quejas, consultas o reclamos sobre la prestación del servicio o sobre el ejercicio de las funciones o competencias a cargo de la entidad o persona de que se trate.

5. Recibir la información en el tiempo fijado, en el formato existente y por la vía acordada en el formulario de solicitud.

6. Acceder a la información de forma gratuita, en tanto no requiera la reproducción de la misma.

7. Ser notificado oportunamente y por escrito sobre limitaciones y excepciones para hacer disponible la información solicitada y el fundamento legal de la denegatoria.

8. Recurrir a las autoridades jerárquicas superiores del ente u órgano de que se trate a fin de resolver de forma definitiva la denegación de la información solicitada, cuando ésta se debe a razones de reserva o confidencialidad o cuando no esté conforme con la decisión adoptada.

9. Obtener un recurso de amparo ante el Tribunal Contencioso Administrativo en los casos en que el organismo o la persona a quien se haya solicitado la información, no ofrezca ésta en el tiempo establecido para ello o, cuando el órgano superior jerárquico no fallare el recurso interpuesto en el tiempo establecido.

En cumplimiento a la Ley 200-04, el acceso a la información se hará efectivo siempre y cuando no afecte la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral pública o el derecho a la privacidad e intimidad de un tercero o el derecho a la reputación de los demás.

Reducirán de 300 a 40 los generales de FFAA
El Senado aprobó  en segunda lectura el proyecto que modifica la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, el cual reduce de 300 a 40 los generales en los cuerpos castrenses, y cambia los nombres del Ejército Nacional por Ejército Dominicano, y de la Marina de Guerra por Armada Dominicana.
La normativa contempla reducir a 20 los generales en el Ejército, a 10 en la Marina y a 10 en la Fuerza Aérea Dominicana. El proyecto de Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas fue aprobado el martes pasado, luego que el hemiciclo recibió el informe favorable de una comisión bicameral.
Nuevo puesto
El proyecto, pese a los cambios, establece que el titular de las FFAA será el ministro, y crea un nuevo puesto, el de “Comandante General Conjunto de las Fuerzas Armadas”, quien será el número dos al mando, por encima de los viceministros que representan a las tres instituciones actualmente.

La pieza indica que el retiro del ministro será obligatorio a los dos años, así como los ascensos y retiros serán los 27 de febrero de cada año, y regulará los requisitos para ser asimilados o contratados por la FFAA.
La legislación derogará y sustituirá la ley 873 del 31 de julio del 1978 y toda otra disposición legal o reglamentaria que le sea contraria.
Expresa que esta ley tiene como objetivo establecer la estructura, organización y funcionamiento de los órganos e instituciones que conforman las FFAA, además del accionar de sus miembros y las bases de la carrera militar.
El proyecto eliminará en los Estados Mayores el nombre de “Jefes” y en lo adelante se denominarán comandantes.
El proyecto pasará ahora a la Cámara de Diputados, y anota que el ministro de las FFAA sólo tendrá una duración en el cargo por dos años, y su retiro será obligatorio, y aclara que podrá ser confirmado otros dos años mediante decreto del Presidente de la República.